PARTE 2 – CUANDO LOS BARCOS SE ENCUENTRAN


Las reglas de la Parte 2 se aplican entre barcos que navegan en o cerca del área de regatas y que tienen la intención de regatear, que están en regata o que han estado en regata. Sin embargo, un barco que no está en regata no será penalizado por infringir una de estas reglas, excepto la regla 22.1. Si un barco que navega bajo estas reglas se encuentra con una embarcación que no lo hace, deberá cumplir con el Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes en el Mar  (RIPAM) o las disposiciones gubernamentales de derecho de paso. Sin embargo solamente el Comité de Regatas o de  Protestas pueden protestar por presuntas infracciones a dicho reglamento. Cuando así lo establezcan las instrucciones de regata las Reglas de la Parte 2 serán sustituidas por las reglas de derecho de paso del RIPAM o por las reglas de derecho de paso gubernamentales.  

 

 

Sección A – Derecho de Paso

 

Un barco tiene derecho de paso cuando otro barco esté obligado a mantenerse libre de aquel. Sin embargo, algunas reglas de las Secciones B, C y D limitan las acciones de un barco con derecho de paso.

 

10       En Amuras Opuestas

Cuando los barcos están en amuras opuestas, un barco amurado a babor debe mantenerse libre de un barco amurado a estribor.

 

11       En la Misma Amura, Comprometidos

Cuando los barcos están en la misma amura y comprometidos, un barco de barlovento se mantendrá libre de un barco de sotavento.

 

12       En la Misma Amura, No Comprometidos

Cuando los barcos están en la misma amura y no comprometidos, un barco libre a popa se mantendrá libre de un barco libre a proa.

 

13       DURANTE LA VIRADA

Después de que un barco pasa más allá de proa al viento, deberá mantenerse libre de otros barcos hasta que esté en un rumbo de ceñida. Durante este tiempo las reglas 10, 11 y 12 no se aplican. Si dos barcos están sujetos al mismo tiempo a esta regla, el que está a babor del otro o el que está a popa del otro deberá mantenerse libre.


Sección B – Limitaciones Generales

 

14       Evitar CONTACTO

 Un barco deberá evitar el contacto con otro barco si  es razonablemente posible. Sin embargo, un barco con derecho de paso o un barco con derecho a espacio:

(a)     no necesita actuar para evitar el contacto hasta que sea evidente que el otro barco no se mantiene libre o no está dando espacio, y

(b)     no será penalizado bajo esta regla a menos que haya un contacto que cause daño.

 

15       ADQUIRIENDO Derecho de Paso

Cuando un barco adquiere derecho de paso dará inicialmente al otro barco espacio para mantenerse libre, a menos que adquiera derecho de paso debido a las acciones del otro barco.

 

16       ALTERANDO  el Rumbo

16.1   Cuando un barco con derecho de paso altera su rumbo, dará al otro barco espacio para mantenerse libre.

 

16.2   Además, cuando después de su señal de salida un barco amurado a babor se está manteniendo libre navegando para pasar por la popa del barco amurado a estribor, el barco amurado a estribor no cambiará de rumbo si como resultado el barco amurado a babor necesitara inmediatamente cambiar de rumbo para continuar manteniéndose libre.

 

17       En la Misma Amura; Rumbo Debido

17.1   Si un barco libre a popa queda comprometido dentro de dos de sus esloras de casco por sotavento de un barco  en su misma amura, no navegará más al viento que su rumbo debido mientras sigan comprometidos dentro de esa distancia, a menos que al hacerlo navegue con prontitud por detrás del otro barco. Esta regla no se aplica si el compromiso comienza mientras el barco de barlovento está obligado bajo la regla 13 a mantenerse libre.

 

17.2   Excepto en un tramo de ceñida, mientras un barco está a menos de dos de sus esloras de casco de un barco de sotavento, o de un barco libre a popa gobernando a un rumbo hacia sotavento de él, no navegará más arribado que su rumbo debido a menos que trasluche.

 

Sección C – En Marcas y Obstáculos

 

En la medida en que una regla de la Sección C este en conflicto con una regla de las Secciones A y B, prevalece la regla de la Sección C

 

18       RODEAR Y Pasar Marcas y Obstáculos

En la regla 18, espacio es el necesario para que un barco interior rodee o pase entre un barco exterior y la marca u obstáculo, incluyendo el espacio para virar  o trasluchar cuando alguna de estas acciones forme parte normal de la maniobra.

 

18.1    Cuándo se aplica esta Regla

La regla 18 se aplica cuando los barcos están a punto de rodear o pasar una marca que están obligados a dejar por el mismo lado, o un obstáculo por el mismo lado hasta que lo han pasado. Sin embargo, la regla no se aplica:

(a)     en una marca de salida rodeada de agua navegable o su cabo de fondeo, desde el momento en que los barcos se acercan a ellos para salir hasta que los hayan pasado;

(b)     mientras los barcos estén en amuras opuestas ya cuando están en un tramo de ceñida, ya cuando el rumbo debido para que uno de ellos  pero no ambos pasen la marca u obstáculo sea virar.

 

18.2    Dar Espacio; Mantenerse Libre

(a)     COMPROMETIDOS – REGLA BASICA

Cuando los barcos están comprometidos el barco exterior dará espacio al barco interior para rodear o pasar la marca u obstáculo, y si es el barco interior quien tiene derecho de paso, el barco exterior deberá además mantenerse libre. Otras partes de la regla 18 contienen excepciones a esta regla.

(b)     COMPROMETIDOS EN LA ZONA

Si los barcos están comprometidos antes de que uno de ellos alcance la zona de dos esloras y el compromiso se rompe después que uno de ellos la haya alcanzado, el barco que estaba en el exterior continuará dando espacio al otro. Si el barco exterior queda libre a popa o comprometido por el interior del otro barco, no tendrá derecho a espacio y deberá mantenerse libre.

(c)     NO COMPROMETIDOS EN LA ZONA

Si un barco  estaba libre a proa en el momento en que alcanzó la zona de dos esloras, el barco libre a popa se mantendrá libre de allí en adelante. Si el barco libre a popa queda comprometido por el exterior del otro barco deberá dar espacio al barco interior. Si el barco libre a popa queda comprometido por el interior del otro barco, no tendrá derecho a espacio. Si el barco que estaba libre a proa pasa más allá de proa al viento, la regla 18.2(c) deja de aplicarse y permanece inaplicable.

(d)     ALTERAR EL RUMBO PARA RODEAR O PASAR

Cuando tras la señal de salida se aplica la regla 18 entre dos barcos y el barco con derecho de paso está alterando su rumbo para rodear o pasar una marca, la regla 16 no se aplica entre dicho barco y el otro.

(e)     DERECHOS RELATIVOS AL COMPROMISO

Si existe duda razonable acerca de si un barco estableció o rompió un compromiso a tiempo, se supondrá que no lo hizo. Si el barco exterior no puede dar espacio cuando comienza un compromiso, las reglas 18.2(a) y 18.2 (b) no se aplican.

 

18.3    Virar en una marca

Si dos barcos estaban aproximándose a una marca en amuras opuestas y uno de ellos viró  dentro de la zona de dos esloras cuando el otro podía pasar la marca, la regla 18.2 no se aplica. El barco que viró:

(a)     no obligará al otro barco a navegar más al viento que un rumbo de ceñida para evitarlo ni le impedirá que pase la marca, y

(b)     dará espacio si el otro barco queda comprometido por su interior, en cuyo caso la regla 15 no se aplica.

 

18.4    Trasluchar

Cuando un barco con derecho de paso con compromiso interior tenga que trasluchar en una marca u obstáculo para navegar a su rumbo debido, hasta que trasluche no se alejará de la marca u obstáculo más que lo necesario para navegar a ese rumbo.

 

18.5    Pasar un Obstáculo Continuo

Cuando los barcos estén pasando un obstáculo continuo, las reglas 18.2 (b) y 18.2(c) no se aplican. Un barco libre a popa que obtenga un compromiso interior tiene derecho a espacio para pasar entre el otro barco y el obstáculo sólo si en el momento en que comienza el compromiso hay espacio para pasar. Si no lo hay, no tiene derecho a espacio y deberá mantenerse libre.

 

19       Espacio para Virar  en un Obstáculo

19.1   Cuando se aproxime a un obstáculo un barco que navega en ceñida o mas aproado al viento puede dar una voz pidiendo espacio para virar y evitar a otro barco que venga en la misma amura, sin embargo no dará la voz a menos que la seguridad le exija alterar sustancialmente el rumbo para evitar el obstáculo. Antes de virar  dará al barco avisado tiempo para responder. El barco avisado deberá responder:

(a)     virando  tan pronto como le sea posible, en cuyo caso el barco que avisó deberá también hacerlo tan pronto como le sea posible, o bien

(b)     respondiendo inmediatamente 'Vire', en cuyo caso el barco que avisó deberá virar  tan pronto como sea posible y el barco avisado le dará espacio; las reglas 10 y 13 no se aplican.

 

19.2   La regla 19.1 no se aplica en una marca de salida rodeada de agua navegable o su cabo de fondeo desde el momento en que los barcos se acercan a ellos para salir hasta que los hayan pasado, ni en una marca que el barco avisado puede pasar. Cuando se aplica la regla 19.1, la regla 18 no se aplica.

 

Sección D – Otras Reglas

 

Cuando las reglas 20 o 21 se aplican entre dos barcos, no se aplican las reglas de la Sección A.

 

20       Errores de Salida, Giros de Penalización, DESPLAZARSE hacia Atrás.

20.1 Un barco que navega después de su señal de salida hacia el lado de pre-salida de la línea de salida o de sus prolongaciones para salir o para cumplir con la regla 30.1 se mantendrá libre de los barcos que no lo hacen hasta que esté enteramente en el lado de pre-salida.

20.2 Un barco que hace giros de penalización, se mantendrá libre de un barco que no lo esta haciendo.

20.3 Un barco que se desplaza hacia atrás colocando su vela a la contra se mantendrá libre de los barcos que no lo hacen.

 

21       Volcado, Fondeado o Varado; rescatando

De ser posible, un barco evitará a un barco volcado o que no ha recuperado el control después de haber volcado, o que está fondeado, varado, o tratando de ayudar a una embarcación o persona en peligro. Un barco está volcado cuando la cabeza de su mástil está en el agua.

 

22       Interferir con Otro Barco

22.1   Si ello es razonablemente posible, un barco que no está en regata no interferirá con un barco que lo está.

 

22.2   Un barco no alterara el rumbo si su único propósito es interferir con un barco que esta haciendo giros de penalización o que está en otro tramo o vuelta del recorrido.