ARTICULO 54.  COMISIÓN TÉCNICA

 

Estará conformada por tres (3) miembros, que deberán ser candidatizados por los comodoros de las clases de veleros reconocidos por la Federación, quienes podrán participar en varias comisiones, elegidos por el Órgano de Administración. Cada uno de estos grupos designará a uno de sus miembros como coordinador para que presente a consideración del Órgano de Administración los temas o recomendaciones. Son funciones de esta comisión:

 

A. Elaborar anualmente el calendario de actividades y eventos de la Federación.

 

B. Proponer, estudiar y acordar los sistemas más convenientes para la preparación de selecciones, preselecciones, el Equipo Colombiano de Vela y reglamentación de campeonatos.

 

C. Considerar y desarrollar programas de adiestramiento para entrenadores, monitores, y deportistas.

 

D. Elaborar estadísticas, llevar el escalafón nacional sobre número de deportistas, exámenes efectuados, selecciones y preselecciones.

 

E. Inspeccionar por medio de uno (1) de sus integrantes los sitios e implementos a utilizar en competencias o campeonatos nacionales, departamentales y locales, para verificar que se cumplan las condiciones y requisitos exigidos a fin de efectuarlos.

 

F. Velar porque las clases de veleros cumplan las resoluciones de la Federación y las de los organismos internacionales.

 

G. Asistir a las reuniones del Órgano de Administración mediante un representante con voz sin voto, cuando sea convocado.

 

H. Elaborar la lista de los mejores Deportistas para ser premiados anualmente.

 

I. Los demás de orden técnico que le asignen las autoridades deportivas, el Órgano de Administración o la Asamblea de la federación

 

J. Recomendar al Órgano de Administración los deportistas que deben integrar las diferentes elecciones, de acuerdo a normas preestablecidas.