ARTICULO 32. COMPOSICIÓN DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN
La Federación será administrada por un Órgano de Administración colegiado integrado por cinco (5) miembros elegidos por la Asamblea de Afiliados, mediante votación secreta. La elección de los miembros se hará por votación uninominal y se elegirán como miembros aquellos que obtengan las cinco más altas votaciones. Para ser elegido miembro del Órgano de Administración de la Federación los candidatos propuestos deben cumplir con los siguientes requisitos: Ser mayor de edad, no estar sancionado por una autoridad deportiva disciplinaria, estar vinculado al deporte de vela en cualquier forma, no estar vinculado a proceso disciplinario o penal y tener la capacitación establecida por la Ley
ARTICULO 40.- MIEMBROS DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN
En su primera reunión del inicio del período del Órgano de Administración, los nuevos miembros del Órgano de Administración elegirán entre sus miembros a quienes ejercerán los diferentes cargos, así:
1. Un Presidente, quien será el Representante Legal de la Federación;
2. Un Vicepresidente;
3. Un Secretario;
4. Un Tesorero;
5. Un vocal.
ARTICULO 41. FUNCIONES DEL PRESIDENTE.
El Presidente es el Representante Legal de la Federación. En el ejercicio de su cargo tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
A. Presidir las reuniones de la Asamblea;
B. Convocar y presidir las sesiones del Órgano de Administración;
C. Presentar a la Asamblea los informes de labores, anualmente o cuando esta los solicite;
D. Suscribir los actos y contratos que comprometan a la Federación y los que le seńalen los estatutos, la Asamblea o el Órgano de Administración.
E. Firmar conjuntamente con el Tesorero los giros sobre los fondos de la Federación.
F. Representar a la Federación, por si o por delegación, en los actos públicos y privados;
H. Designar de acuerdo con el Órgano de Administración al personal Administrativo de la Federación y los miembros de las comisiones necesarias para el Funcionamiento de la entidad.
I. Ejecutar las disposiciones del Órgano de Administración.
J. Firmar las Actas del Órgano de Administración.
G. Las demás que correspondan a la naturaleza del cargo.
ARTICULO 42. DEL VICEPRESIDENTE.
El Vicepresidente ejercerá las funciones generales de miembro del Órgano de Administración y reemplazará al Presidente en sus faltas definitivas o temporales.
ARTICULO 43. DEL TESORERO.
El Tesorero es el responsable directo del manejo de los bienes y fondos de la Federación, y tendrá las siguientes funciones:
A. Recaudar la totalidad de los ingresos de la Federación, cualquiera que sea su origen y expedir los comprobantes correspondientes.
B. Velar porque los afiliados o terceros paguen cumplidamente sus compromisos económicos para con la Federación.
C. Informar al Órgano de Administración, con la periodicidad reglamentaria o cuando se le solicite, sobre el estado financiero de la Federación.
D. Elaborar y suscribir los informes de cuentas y balances que el Órgano de Administración debe presentar a la Asamblea de Afiliados con el visto bueno del Revisor Fiscal, en caso de que sea contador.
E. Si el Tesorero es contador, llevar permanentemente actualizado los libros de contabilidad e inventarios.
F. Preparar, conjuntamente con los demás miembros del Órgano de Administración, el proyecto de presupuesto de ingresos y gastos que debe presentarse a la Asamblea.
G. Girar, conjuntamente, con el Presidente, contra los fondos de la Federación.
H. Las demás que de acuerdo con la naturaleza de su cargo, le asigne la Asamblea y/o el Órgano de Administración.
ARTICULO 44. DEL SECRETARIO.
El Secretario ejercerá las siguientes funciones:
A. El manejo de la correspondencia y conservación de los archivos;
B. Llevar las actas de las reuniones de Asamblea y del Órgano de Administración;
C. Llevar el registro de afiliados,;
D. Velar por el oportuno cumplimiento de las labores de los empleados de la Federación, si los hubiere;
E. Notificar, comunicar y publicar, según el procedimiento que deba seguirse en cada caso, los acuerdos, resoluciones, programaciones, boletines y en general, divulgar las actividades generales de la Federación;
F. Todas las demás que correspondan a la naturaleza del cargo, las que le asigne la Asamblea y/o el Órgano de Administración.